Divide la denuncia de la Fiscalía Superior en 26 piezas, en 2 de las cuales ya están formalmente imputados el exconsejero Cerdá y los expresidentes de la CHS Fuentes Zorita y Rosario Quesada
El denominado ‘caso Topillo’, que estaba llamado a depurar las posibles responsabilidades penales de funcionarios públicos y agricultores por la contaminación del Mar Menor, recibió ayer -como tal- el acta de defunción. Estas diligencias previas, incoadas con el número 2.750/17 por el Juzgado de Instrucción número 2 de Murcia y que parecían llamadas a convertirse en una macrocausa que desvelara las razones -o, mejor, las sinrazones- de la tremenda degradación de la laguna costera, se han disgregado en 26 piezas diferentes en virtud de un auto recientemente dictado por la magistrada Miriam Marín y notificado ayer.
En contra del criterio de la Fiscalía Superior, que presentó una denuncia global contra todas las personas y sociedades mercantiles identificadas como presuntas responsables del deterioro de ese espacio natural -funcionarios de la Consejería de Agricultura y de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) y empresarios agrícolas de la comarca del Campo de Cartagena-, la juez considera que los supuestos hechos delictivos cometidos por unos y otros no guardan entre sí la suficiente conexión como para justificar una investigación conjunta. De esta forma, ha abierto una pieza para depurar la supuesta actuación irregular de altos funcionarios de la Consejería de Agricultura -el exconsejero Antonio Cerdá; el ex secretario general de la Consejería, Francisco Moreno García; los antiguos directores generales Ginés Vivancos Mateos, Joaquín Maestre Albert y Ángel García Lidón y los ex jefes de servicio Esteban Abad Salcedo y Francisco José González Zapater-, quienes ya están formalmente imputados por presuntos delitos de prevaricación y contra el medio ambiente.
Otra causa tratará de desentrañar las presuntas ilegalidades cometidas desde la CHS, lo que ha llevado a la juez a imputar por esos mismos cargos a los expresidentes de la CHS José Salvador Fuentes Zorita y María del Rosario Quesada, además del excomisario Manuel Aldeguer y los antiguos jefes de servicio Joaquín Ezcurra Cartagena, José Manuel Enrique Ruiz Sánchez y Blas Mirete Mompeán.
Aprecia indicios de que durante largos años los controles y sanciones a los infractores fueron prácticamente nulos
El mayor troceamiento se produce en lo referente a los agricultores y empresas agrícolas sorprendidas utilizando presuntamente desalobradoras ilegales en sus fincas y arrojando los desechos -salmuera y nitratos- a ramblas y pozos desde los que estarían llegando finalmente al Mar Menor. En este caso, la magistrada Marín se inhibe en favor de los juzgados decanos de San Javier y Cartagena, que previsiblemente procederán a repartirlos por los respectivos juzgados de instrucción en forma de denuncias individuales: una por cada presunto autor de un delito contra el medio ambiente. El razonamiento de la juez es que «se trata de hechos cometidos por personas diferentes en distintos lugares y tiempos, sin que exista ningún indicio de que haya concierto entre ellos», sostiene en su auto.
Límites a la investigación
La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Murcia aprovecha la resolución, además, para definir los límites de las dos investigaciones que seguirá asumiendo: la de la Consejería de Agricultura y la de la CHS. Respecto de la primera, discrepa del fiscal en que los altos cargos de ese departamento de la Comunidad incumplieron el deber de aprobar instrumentos de planificación para proteger el Mar Menor, por lo que esa vía queda en principio cerrada. Sí aprecia indicios delictivos la magistrada, sin embargo, respecto del deficiente control que desde la Consejería se habría ejercido sobre los agricultores que presuntamente realizaban vertidos a la laguna. Y lo mismo sobre el hecho de haberles otorgado subvenciones europeas pese a que en apariencia estaban incumpliendo la normativa sobre nitratos.
Por lo que se refiere a la CHS, también coincide con la Fiscalía en que las medidas de control, inspección y sanción contra quienes estaban contaminando el Mar Menor fueron «prácticamente nulas» hasta el año 2012, a pesar de los múltiples y precisos datos que tenía «sobre la existencia de desalobradoras que vertían el sobrante o rechazo al Mar Menor o a los acuíferos».
Un largo periodo de letargo
Una vez definidas las líneas básicas de la investigación, la juez requiere en su resolución el apoyo de dos organismos estatales, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y la Abogacía del Estado, a las que reclama sendos informes sobre la normativa específica que habrían vulnerado la Consejería de Agricultura y la CHS y sobre las presuntas responsabilidades personales de cada uno de los altos cargos investigados.
El plazo que otorga a ambos órganos para tener elaborados los dictámenes es de seis meses, y seguidamente advierte de que, «con su resultado, se acordará sobre el resto de diligencias instadas por la Fiscalía». Esto es, que la juez no se pronunciará sobre la citación de los investigados con el fin de que presten declaración, ni sobre otras pruebas reclamadas por el fiscal, hasta que conozca las conclusiones de la Abogacía del Estado y la IGAE.
Una circunstancia que apunta a que las diligencias centrales sobre la contaminación de la laguna salada afrontarán a partir de ahora un largo periodo de letargo.
Esta resolución es susceptible de ser recurrida en reforma -ante ese mismo juzgado- en el plazo de tres días, o en apelación ante la Audiencia Provincial en un plazo máximo de cinco días.
FUENTE: LAVERDAD