«Si una vez transcurridos dos meses desde la primera votación de investidura ningún candidato hubiera sido elegido, el Parlament quedará disuelto automáticamente y el presidente de la Generalitat convocará elecciones inmediatas, que deben tener lugar entre 40 y 60 días tras la convocatoria». Esto es lo que estipula el artículo 67.3 del Estatuto de Cataluña que se activó este jueves por fin con la investidura fallida de Jordi Turull.
El todavía candidato cuenta aún con una segunda oportunidad, que debe sustanciarse 48 horas después, es decir, el sábado, en la que para ser elegido sólo necesitaría, en circunstancias normales, de más votos a favor que en contra pero, en la situación anómala en la que él se encuentra, requiere de otra condición más: que el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, con quien tiene cita este viernes a primera hora, no dicte contra él prisión provisional y, si lo hace, se avenga a concederle un permiso para acudir al pleno de investidura, lo cual se presume muy poco probable.
Previsiblemente, tras el fracaso de Jordi Turull, las fuerzas independentistas optarán por designar próximamente otro candidato. Todos los ojos se volverán sin duda hacia Elsa Artadi, la portavoz del grupo parlamentario de Junts per Catalunya y persona muy próxima al ex president fugado, Carles Puigdemont. Artadi sí sería una candidata viable al no tener hipotecas pendientes con la Justicia, pero difícilmente obtendría los votos imprescindibles de la CUP.
Pero si en las próximas semanas ningún candidato fuera investido, el 22 de mayo se disolvería la Cámara y Mariano Rajoy, que tiene asumidas las facultades propias del presidente de la Generalitat desde el momento en que se activó el artículo 155, convocaría nuevas elecciones en Cataluña, que deberían celebrarse entre el 1 y el 21 de julio.
De esta forma, la votación fallida que este jueves se produjo tiene al menos la virtud de desbloquear la situación política catalana disponiendo la pista de despegue para, en su caso, una nueva llamada a las urnas.
De momento, el fracaso de Turull implica la continuidad del 155. La intervención de la comunidad autónoma por parte del Ejecutivo central no decaerá hasta que se haya constituido un Govern conforme a derecho, lo cual requiere la investidura de un candidato, que el presidente del Gobierno firme el decreto de su nombramiento, que a continuación lo haga el Rey, que sea publicado en el Boletín Oficial del Estado y en el de la comunidad autónoma, que se designe a los miembros de su Ejecutivo y que estos tomen posesión. Sólo entonces el 155, sin más pasos intermedios, dejaría de estar en vigor.
Para ser presidente de la Generalitat no basta sólo con la votación de la Cámara. Tras ese acto, el presidente se considera electo pero no está en plenitud de funciones. Es requisito indispensable el nombramiento por parte del Rey, tal y como establece el artículo 152.1 de la Constitución y el 67.2 del Estatuto de Cataluña. El soberano pone su firma a continuación de la del presidente del Gobierno, que es quien refrenda constitucionalmente el nombramiento. La firma del Monarca es imprescindible, pero es un acto debido del que no se puede sustraer.
Si Jordi Turull hubiera superado este jueves la votación de investidura, estos trámites habrían coincidido con el acto en el que el juez Pablo Llarena dictará contra él auto de procesamiento y muy posiblemente ordenará su ingreso en prisión. Se habría dado así el episodio inédito de ver a un presidente electo de la Generalitat procesado y entre rejas. Desde la cárcel no habría podido ejercer las funciones de su cargo, pero en tanto no pesara sobre él sentencia condenatoria firme no quedaría inhabilitado.
El Gobierno, por boca del secretario de Estado de Administraciones Territoriales, Roberto Bermúdez de Castro, consideró el pleno de investidura celebrado este jueves por decisión del presidente del Parlament, Roger Torrent, como «un paso más en la estrategia independentista de confrontación con el Estado». Bermúdez de Castro insistió en que quien aspire a la Presidencia de la Generalitat debe estar libre de procesos judiciales.
FUENTE: ELMUNDO