Ya apuntaron maneras a principios de curso y ahora tienen todos los números para lograr el triplete. Los patinetes eléctricos y artilugios similares son los favoritos para convertirse en el regalo estrella del Black Friday, de Papá Noel y de los Reyes Magos, pero ojo, la desbordante eclosión de este fenómeno de la movilidad ha llevado a tomar cartas en el asunto a la DGT. Motu proprio y a petición entre otros del Ayuntamiento de Barcelona, Tráfico prepara un reglamento para poner orden en este tipo de vehículos. Por ejemplo, con una clasificación de vehículos que, en algún caso, conllevarán la necesidad de ser matriculados, con el consiguiente incremento del desembolso final para que puedan circular por las vías urbanas.
Esta normativa tiene que pasar primero por los diferentes trámites parlamentarios y, como pronto, entraría en vigor el próximo mes de julio. No obstante, cabe tener en cuenta por dónde van los tiros, en línea con la normativa europea.
En estos momentos nada varía en el proceso de adquisición de uno de estos ciclos. Sin embargo, cuando se apruebe el reglamento, algunos deberán tener una certificación expedida por un laboratorio oficial, otros deberían estar homologados y matriculados como si de un ciclomotor se tratara, y otros deberán salir de la circulación en vías abiertas al trafico por no cumplir ni la normativa de homologación ni los requisitos exigidos para su certificación y registro.
Los planes de la DGT, según ha podido saber este diario, pasan por establecer cuatro categorías: juguetes, vehículos de movilidad personal, bicicletas eléctricas y vehículos categoria L1e. Cada uno de ellos deberá cumplir una serie de requisitos que, a su vez, permitirán a España adecuarse al reglamento europeo 168 /2013 que establece una serie de normas de fabricación y homologación para este tipo de productos. Actualmente Tráfico solo dispone de una instrucción que fue dictada en el 2016 para salvar los muebles inicialmente pero que se ha quedado corta visto el ‘boom’ del patinete y la bicicleta eléctrica. Los ayuntamientos han tenido que tomar cartas en el asunto para tratar de regular la situación, con el consistorio barcelonés encabezando la puesta al día con la ordenanza más detallada, pero el concurso de la DGT era clave para concretar aquellos puntos que sobrepasan las competencias municipales.
Con esa intención se pretende que los conocidas como hoverboard sigan siendo considerados como juguete, aptos por tanto para menores, con una velocidad máxima de 6 kilómetros por hora y sin ninguna condición diferente respecto de la actualidad. En Barcelona, por ejemplo, pueden circular por las aceras.
Los modelos estrella
En segundo lugar se encuentran las ‘segway’, las ruedas o monociclos eléctricos y los modelos que se están llevando la palma, los patinetes eléctricos más habituales en las calles. Con velocidades máximas de entre 10 y 25 kilómetros por hora dependiendo de la vía (y nunca por las aceras en el caso de Barcelona), estos vehículos deberán tener una identificación y una certificación, aunque eso tampoco supondrá gran impedimento para el usuario final: deberá ser el fabricante quien obtenga la certificación antes de la venta de un modelo, y todos los patinetes del mismo tipo adquiridos previamente pasarán a estarlo con carácter retroactivo.
En cuanto a las bicicletas eléctricas, que conformarán el tercer grupo, las normas también serán las que rigen para ellas en la actualidad con la misma salvedad que afecta a los patinetes eléctricos, la necesidad de una certificación por parte del fabricante. En Barcelona su circulación se circunscribe a los carriles bici, las plataformas únicas y a todas las calzadas.
El cambio más importante lo experimentarán por tanto los ciclos que pasarán a denominarse como de categoría L1e, aquellos patinetes eléctricos que poco tienen de patinete y mucho de ciclomotor, de mayor peso y dimensiones que los primeros y también capaces de alcanzar una velocidad mucho mayor. Estos vehículos, tanto los que se compren a partir de entonces como los que se hayan adquirido con anterioridad, deberán ser matriculados y obtenir una autorización para poder circular y conducir, y no podrán hacerlo por el carril bici, sino por las calzadas.
El debate del sillín
En su caso, estos vehículos sí podrán incorporar un sillín para el conductor. También podrán hacerlo las ‘segway’ y aquellos vehículos con autobalanceo que permitiran incorporar un sillín , lo que no parece incluir es los patinetes eléctricos a los que algunos usuarios han añadido un ‘gadget’ de este tipo para poder viajar sentados. En este caso la DGT tiene sobre la mesa dicha situación y podría resolver en contra de este tipo de aplicaciones en cuanto se acabe de perfilar la futura reglamentación.