El Gobierno de Pedro Sánchez finalizó el 2018 con un ‘macrodecreto’ que establece nuevas medidas sociales y laborales que afectan –entre otros– a los trabajadores por cuenta propia. Este Real Decreto Ley, en vigor desde el 1 de enero de 2019, recoge nuevos derechos laborales para los trabajadores autónomos, que ya alcanzan más de 2,5 millones de personas en España. La principal novedad son las mejoras relacionadas con la cobertura obligatoria por cese de actividad, por incapacidad temporal o permanente y por accidentes de trabajo.
La prestación por cese de actividad, también llamado ‘paro de los autónomos’, duplica su periodo de duración hasta 24 meses (con un mínimo de cuatro). Hasta 2018, los trabajadores por cuenta propia podían percibir prestación económica hasta 12 meses con un mínimo de dos. La Ministra de Trabajo, Magdalena Valerio destaca la importancia de la reforma del acceso a esta prestación, ahora con menos dificultades para obtenerla.
En caso de incapacidad temporal o permanente los autónomos están exentos de pagar la cuota de Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad. Si la incapacidad es consecuencia de un accidente de trabajo o «enfermedad profesional» tienen derecho a percibir la prestación desde el primer día de la baja.
Otra de las medidas previstas es la subida a sesenta euros (diez más que antes) de la tarifa plana para los doce primeros meses de actividad, con cobertura por contingencias comunes y profesionales. El Real Decreto recoge el acceso a la tarifa plana de las mujeres que estén dentro de los 24 meses posteriores a la prestación de baja por maternidad, sin que sea necesario que cesen su actividad.
Subida de la cotización
La mejora en prestaciones sociales va ligada al incremento –en 2019– de la cotización mínima a 5,3 euros al mes para autónomos persona física y 6,8 euros al mes para los autónomos societarios.
A esta cantidad –que abonan los trabajadores por cuenta propia a la Seguridad Social– se llega mediante una subida del 1,25% de la base mínima de cotización y unos tipos del 30% para el año 2019, un 30,3% en 2020, en 2021 se incrementará un 30,6% y un 31% en 2022, de acuerdo con lo que recoge el texto del Real Decreto. Con estos cambios, que recoge el texto del ‘macrodecreto’, Valerio apunta a una contribución al sistema «de manera más equilibrada» por parte de los trabajadores autónomos.
Este modelo de cotizaciones permite a los autónomos obtener protección por contingencias comunes y profesionales, por cese de actividad (‘paro de los autónomos’) y formación profesional. Tiene carácter provisional y el Ejecutivo tiene previsto sustituirlo a lo largo de 2019 por un sistema basado en los ingresos reales de los trabajadores autónomos, en el que están trabajando la Seguridad Social y la Agencia Tributaria, según comunicó Valerio en la Comisión de Trabajo del pasado diciembre.
Sanciones contra la figura del falso autónomo
El Real Decreto en vigor desde el primer día de 2019 recoge un nuevo tipo de infracción «muy grave», con su correspondiente sanción –que oscila entre los 3.000 y 10.000 euros– contra el uso de la figura del falso autónomo. Entre los sectores que más abusan de esta figura destacan el transporte, los medios de comunicación y la arquitectura y otras profesiones liberales, entre otros.
Valerio recordó antes de acabar 2018 que el Gobierno impondría «medidas de especial control» ante el riesgo de aumento de los falsos autónomos derivado de la brecha en las bases de cotización mínima entre el Régimen General y de autónomos, estas últimas, menores que la de los asalariados.
Según la organización de autónomos ATA, a raíz de los datos de la EPA sobre «autónomos independientes» (que trabajan predominantemente para una única empresa), su número oscila entre «los 90.000 y 100.000» afectados. Algunas organizaciones elevan esta cifra, como el sindicato UATAE, que la sitúa en torno a los «200.000» falsos autónomos.