Tras la de José Antonio Griñán esta semana, la esperada declaración el lunes 16 del expresidente Manuel Chaves será el punto culminante de la primera fase del macrojuicio que sienta a 22 ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía en el banquillo, encausados todos por prevaricación y 15 de ellos también por malversación.

Tras el interrogatorio a quien fuera presidente durante casi 20 años y para quien la Fiscalía pide 10 años de inhabilitación, será el turno del centenar y medio de testigos citados a declarar.

El caso

Los políticos andaluces están, como se sabe, acusados de arbitrar y mantener un supuesto sistema supuestamente ilegal de concesión de ayudas a trabajadores de empresas en crisis de edad avanzada para garantizarles, hasta la edad de cobrar la jubilación, una renta y su correspondiente cotización a la Seguridad Social, entidad que nunca puso reparos jurídicos ni administrativos a ingresar las cuotas de los 6.300 extrabajadores beneficiados.

El objeto de las ayudas era el mismo de las reguladas por el Gobierno central –y de hecho, en crisis como la de la minería de Huelva Junta y Estado financiaron al 50 por ciento la cobertura sociolaboral de 800 trabajadores– pero en Andalucía el procedimiento para concederlas, abonarlas y fiscalizarlas habría sido ilegal y deliberadamente opaco para asegurarse así los procesados de que podrían repartir el dinero –855 millones en diez años– de forma discrecional y arbitraria.

La leyenda

Por lo visto hasta ahora durante el juicio, el caso de los ERE resulta mucho más verosímil políticamente que judicialmente, y mucho más aún administrativamente que penalmente. Es la leyenda de una Andalucía clientelar –una leyenda amasada ayer con materiales tan dispares como la pobreza, el folclore o el elitismo y actualizada hoy con el hediondo ingrediente del resentimiento ideológico–, es esa leyenda la que le da espesor narrativo y credibilidad popular al caso, cuyos cimientos argumentales no son políticos pero sí se asientan en un tipo de terreno que es político por definición: su nombre es clientelismo.

La ‘prisión’

A los 22 ex altos cargos de la Junta que desde diciembre pasado se sientan en el banquillo no se les acusa de haberse lucrado personalmente o de haber desviado dinero directa o indirectamente al Partido Socialista.

Aunque ni en el escrito de acusación de la Fiscalía ni en el auto de procesamiento del juez Álvaro Martín se incluye explícitamente el reproche de clientelismo, que a fin de cuentas no es una figura penal, esa censura sí que brillaba con luz cegadora en diferentes autos de la instructora Mercedes Alaya, tenaz arquitecta de la prisión procesal que el caso ERE está siendo para decenas de personas que, aunque finalmente puedan resultar absueltas, nunca lograrán borrar de su biografía el estigma de la sospecha.

La tesis

Sobre que la tesis del clientelismo es el principio que inspira la tesis acusatoria de Alaya hay pocas dudas. Así lo ponía de manifiesto la instructora en su exposición razonada ante el Tribunal Supremo proponiendo el procesamiento de los políticos entonces aforados.

“Esta subversión normativa y procedimental –escribía la juez– determinaba presuntamente que las ayudas en gran parte de los casos, terminaran en manos de personas y empresas que por un motivo u otro estaban próximas al entorno de los sindicatos, de cargos de la Junta de Andalucía o del PSOE andaluz, tejiéndose además un selecto círculo de influencias que iban desde los sindicatos, agencias o mediadores de seguros y despachos de abogados, que propiciaban habitualmente la concesión de tales ayudas, obteniendo importantes beneficios económicos por su gestión”.

Se diría que ciertos autos judiciales parecen más bien autos de fe, lo cual suele ser bueno para la fe pero malo para la justicia, pues esa sentencia provisional de Alaya apuntala, en efecto, la creencia ciega en una Andalucía clientelar pero tendrá muchas dificultades para convertirse en firme al término de este juicio.

El mal

El clientelismo puro y duro equivaldría en este caso a lo que los juristas identifican con el trabalenguas de ‘la causa de la causa es causa del mal causado’. El mal causado sería la malversación de fondos públicos, un mal que habría sido a su vez causado por la prevaricación, una conducta delictiva a su vez causada, en fin, por el propósito de tejer una tupida red clientelar cuyo fin último era ganar elecciones.

La tesis acusatoria es que todas las ayudas eran clientelismo. Y no solo eso: la tesis acusatoria no es que el clientelismo fuera un hecho sobrevenido o la secuela indeseada y colateral de un modo de hacer las cosas, sino que era la causa de la causa del mal causado: el móvil de un crimen cuyo botín sería asegurarse la paz social y ganar las elecciones.

Otra cosa bien distinta es explicar cómo la supuesta paz social o cómo los 20, 25 o 30.000 votos generados por 6.000 trabajadores y sus familias habrían sido decisivos para que el PSOE ganara las elecciones durante tres décadas, hasta el año 2012 en que las perdió para de nuevo volver a ganarlas tres años después.

El relato

El relato judicial casa, pues, como un guante con la leyenda política: una leyenda que, como sucede con todas las leyendas, no es exacta pero sí útil y, como todas, ha sido construida espigando aquí y allá hechos reales pero aislados e inconexos cuya selección, combinación, jerarquización y difusión dan como resultado un relato asombrosamente coherente y verosímil.

Precisamente uno de los principales reproches de las defensas a la instrucción de Alaya es que, siendo extensísima como en efecto fue, no incluyó diligencias encaminadas a obtener datos que habrían permitido comparar de modo jurídicamente fiable lo que, en materia de ayudas sociolaborales, fiscalización previa o desfases presupuestarios, hacía el gobierno andaluz y hacían otros gobiernos autonómicos o estatales.

El olvido

Examinar la Orden Ministerial de 1995 que regía la concesión de ayudas a nivel nacional; investigar los reales decretos de transferencias para ver si la Junta tenía o no competencias para otorgarlas; ver cómo funcionaban los ‘IFA/IDEA’ en otras comunidades; comprobar cómo se utilizan las transferencias de financiación en otras Administraciones Públicas; comparar el déficit/desfase presupuestario del programa 31L con otros similares como el archiconocido de la sanidad española… La luz arrojada por estas y otras diligencias tal vez habría desleído el retrato del clientelismo tan vivamente pintado por la instructora en tantos autos judiciales.

No en vano la leyenda de la Andalucía clientelar funciona de modo parecido a las demás leyendas y mitos políticos: ninguno de ellos soporta bien una investigación histórica, un análisis comparado o un escrutinio judicial realmente concienzudos.

¿Conseguirá casi un año de juicio lo que no han conseguido casi 40 de oposición: convencer a la mayoría de la gente de que la Andalucía democrática era un cortijo donde los socialistas camparon a sus anchas durante décadas hasta que una juez logró desenmascararlos y darles por fin su merecido?

 

 

 

FUENTE: ELPLURAL