Jacinto S.M., el anciano que en 2015, cuando tenía 80 años, mató de un disparo a uno de los dos jóvenes que entraron a su casa para robar en el municipio tinerfeño de Arafo ha sido condenado a dos años y medio de prisión por homicidio, con la eximente incompleta de legítima defensa.
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condena además a Jacinto S.M. a dos años de prisión por tenencia ilícita de armas, aunque en este caso acuerda la suspensión de la pena condicionada a que no delinca en el plazo de tres años.
En el juicio con jurado, celebrado la semana pasada, tanto la fiscal como la defensa habían pedido la absolución del acusado por homicidio al estimar la legítima defensa como eximente completa.
La acusación particular, ejercida por la letrada Alicia Pomares en representación de la madre del fallecido, pidió inicialmente diez años de prisión, pero rebajó a lo largo del juicio su petición a dos años y medio al reconocer la legítima defensa como atenuante.
En su veredicto, el jurado consideró a Jacinto culpable, pero propuso la suspensión de la pena o el indulto, dada su avanzada edad y por haber actuado en defensa de su vida y la de la su familia.
El jurado reconoció que el procesado había actuado en defensa propia, pero consideró que podría haber utilizado otras alternativas igualmente efectivas para salvaguardar su integridad física y la de su esposa «evitando la muerte del fallecido».
El magistrado que presidió el juicio, Fernando Paredes, condena a Jacinto S.M. como responsable civil a indemnizar con 20.000 euros a la madre del asaltante muerto, Jonás C.R., que contaba con 26 años, aunque la acusación particular pedía 76.000 euros por este concepto.
La sentencia declara probado, como ya hizo el veredicto, que Jonas C.R y un joven menor de edad entraron la noche del 1 de marzo de 2015 a robar la vivienda donde residían el procesado, su esposa y su cuñada, situada lejos del núcleo urbano de Arafo, disfrazados con caretas y armados con un formón y una pistola, que luego se supo que era simulada.
Los dos ladrones golpearon al acusado, le pusieron en la sien la pistola, pegaron a su esposa y le exigieron que les diera todo el dinero que tuviera en casa.
En ese momento, Jacinto S.M. simuló que iba a sacar dinero de un armario y cogió un revólver con el que trató de ahuyentar a asaltantes. Primero hizo un disparo al suelo y luego efectuó otro más alto, que atravesó el cuello a Jonás C.R.
En el juicio, el otro ladrón confesó al jurado que él hubiera hecho lo mismo que Jacinto S.M. si alguien hubiera amenazado así a su familia en su casa: «Y no dejaría que se escapara ninguno».
La sentencia considera «indiscutible» que Jacinto S.M. y su familia sufrieron una «agresión ilegítima» contra su vivienda y contra su integridad física, por lo que debe concedérsele el beneficio de haber reaccionado en legítima defensa.
Ahora bien, a la hora de valorar si su respuesta fue «proporcional a la agresión sufrida», el magistrado recuerda que es el jurado el que ha establecido que el anciano tenía «otras alternativas posibles menos gravosas» a la de matar a Jonás C.R.
Entre ellas, dice el juez, la de «efectuar un nuevo disparo al suelo en espera de disuadir al asaltante para que finalmente abandonara la vivienda».
El magistrado subraya que los términos del veredicto le «obligan a entender» que concurre de forma «incompleta» la eximente de legítima defensa, aunque comprende la «angustia» que tuvo que sentir el procesado ante una situación de «riesgo extremo» protagonizada por dos asaltantes que habían allanado su vivienda y le habían «amedrentado con armas aparentemente auténticas».
De hecho, a la hora de explicar por qué le impone la pena en su mínimo legal, argumenta que considera que el «exceso» de su reacción frente al ladrón que amenazaba a su familia fue «mínimo».
FUENTE: COPE