La Sección II de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia: el Partido Popular ha sido partícipe lucrativo en el caso de corrupción denominado Gürtel, primera etapa. Luis Bárcenas, antiguo senador del PP y ex tesorero de la formación, ha sido condenado a 30 años de prisión y a abonar casi 45 millones de euros en multas, y su esposa, Rosalía Iglesias, a 15 años de prisión.

Entre las mayores penas para el PP figura la de Guillermo Ortega, exalcalde de Majadahonda, condenado a 33 años y la del exalcalde de Pozuelo de Alarcón, Jesús Sepúlveda, a 12 años de prisión. Su esposa, la exministra Ana Mato, tendrá que abonar una multa de casi 28.000 euros como partícipe lucrativo.

Por parte de las empresas de la trama, Francisco Correa y Pablo Crespo suman cada uno 40 años de cárcel. Álvaro Perez El Bigotes ha resultado absuelto. Esta resolución incorpora un voto particular del magistrado Ángel Hurtado en desacuerdo con algunos de los puntos decididos.

La sentencia que la Sección II de la Audiencia Nacional acaba de notificar no deja lugar a dudas. El Partido Popular debe responder como partícipe lucrativo de modo directo y solidario con Guillermo Ortega, José Luis Peñas, Juan José Moreno Alonso, Carmen Rodriguez Quijano, Francisco Correa Sánchez y Pablo Crespo Sabarís en el apartado Majadahonda por lo que deberán abonar multa de 133.628,48 euros.

Y lo mismo ocurre en el caso Pozuelo en la campaña electoral del 25 de mayo de 2003 en este caso junto a Jesús Sepúlveda Recio, que fue alcalde de esa localidad.

Los jueces han dictaminado también penas de prisión para los populares Javier Nombela asesor en la Junta de Moncloa (4 años y seis meses), Ricardo Galeoteconcejal de Estepona (7 años y seis meses); Guillermo Ortega excalde de Majadahonda (33 años), Juan José Moreno Alonso concejal de la misma localidad (15 años); José Luis Peñas Domingo ex concejal de Majadahonda ( 4 años de prisión); Jesús Merino Delgado (exvicepresidente en la Junta de Castilla y León) (1 año y 9 meses); Jesús Sepúlveda exsenador y exalcalde de Pozuelo (12 años de prisión); Ángel Sanchís extesorero del PP y su hijo (unos meses de prisión); Roberto Fernández Rodríguez, exconcejal de Hacienda de Pozuelo (9 meses); Alberto López Viejo, viceconsejero de la Comunidad de Madrid (20 años), su asesor Pedro Rodríguez Pendás (3 años); Carlos Clemente Aguado, viceconsejero de Hacienda en la CAM y asesor del exministro de Justicia José María Michavila (más de 5 años) ; Teresa Gabarra Balsells esposa de López Viejo (4 años). Ana Mato, ex ministra y exesposa de Jesús Sepúlveda tendrá que abonar una multa de 27.857 euros como partícipe a título lucrativo al igual que Gema Matamoros

Ivan Yañez Velasco, apoderado de Bárcenas (unos dos años). Jacobo Gordon Lavendorf, empresario relacionado en su día con Alejandro Agag (5 meses de prisión).

En cuanto a los acusados relacionados con las empresas de la trama, la sentencia marca penas de prisión para Francisco Correa que por la suma de los delitos que se le achacan suman más de 40 años; Pablo Crespo Sabarís, con una pena similar; José Luis Izquierdo (17 años) Isabel Jordán (19 años); Alicia Mínguez ( 4 años y medio); Carmen Rodríguez Quijano (15 años); el abogado Luis de Miguel Pérez (un total de 9 años); el también abogado, Antonio Villaverde Landa (7 años); el empresario Alfonso García Pozuelo Asins condenado a 2 años de prisión sustituibles por multa; Jesús Calvo Soria, empresario, (6 meses de prisión); Pablo Ignacio Gallo Alcantara Cirado, (1 año). Álvaro Pérez El Bigotes ha resultado absuelto.

Entre los delitos más habituales se pueden enumerar, según los casos, los de cohecho, malversación, prevaricación, falsedad en documentación mercantil, estafa procesal, apropiación indebida, delitos contra Hacienda y blanqueo de capitales entre otros.

A las penas citadas hay que añadir diferentes cantidades en concepto de multas para buena parte de los procesados así como inhabilitaciones para ejercer cargos públicos o en su caso para el sufragio pasivo. Las condenas que indica la sentencia suponen la suma de las dictadas en función de los diferentes delitos considerados por el tribunal y son después corregidas en relación a la condena mayor de las acumuladas, como establece la ley.

A modo de ejemplo, Luis Bárcenas tendría por esta pieza Gürtel una condena probable de 18 años de prisión, que después se analizará en función de otras condenas por otras causas. En el caso de Rosalía Iglesias su condena se reduciría previsiblemente a nueve años al ser de tres años la mayor de las condenas que tiene acumuladas.

A través de Luis Bárcenas

Concluye así el trabajo de los magistrados en un caso conflictivo que llevó al principio a la recusación de algunos magistrados por su aparente afinidad hacia el PP y que se vio salpicado por diversas entradas del partido en el Gobierno que veía peligrar su imagen y la situación procesal de diversos dirigentes.

Los hechos probados en cuanto al papel protagonista del Partido Popular son claros para la sala: “Francisco Correa en el curso de la actividad empresarial en el campo de la comunicación, marketing y servicios relacionados con viajes y la celebración de eventos que desde el inicio de los años 90 del siglo pasado venía profesionalmente desarrollando, entabló contactos de negocios con el partido Popular a través de Luis Bárcenas Gutiérrez, gerente del partido, así como de otras personas encargadas de diversas áreas de actividad como Jesús Sepúlveda Recio, miembro del Comité Ejecutivo Nacional y Secretario Nacional del Área Electoral además de Senador, así como de otros miembros del mismo partido político”.

En esta introducción que relata la sentencia titulada “la corporación empresarial de Francisco Correa y su conformación como estructura organizada para apropiarse ilícitamente de fondos públicos”, se señala que “correlativa a esta actividad económica Correa mantenía una estrecha y continua relación personal, incluso de amistad, con altos dirigentes del partido político, hasta el punto de dispensársele un trato de preferencia en su sede central de la calle Génova, entrando y saliendo del edificio a discreción sin pasar por ninguna clase de control ni escáner, incluso accediendo libremente al parking reservado en dicha sede”.

Y he aquí otro hecho probado que deja claro el papel fundamental del PP: “Entre el grupo Correa y el Partido Popular se tejió pues una estructura de colaboración estable, consistente, por una parte para la prestación de múltiples y continuos servicios relativos a viajes, organización de eventos, congresos, etc. Dentro de la normal actividad de dicho partido político, ya se tratara de actos electorales o de otro tipo”.

Corrupción institucional

Así se evidencia que el Partido Popular gestó, según relata la sentencia, que “… Se creó en paralelo un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública central, autonómica y local a través de su estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido, aquí enjuiciados, que tenían posibilidades de influir en los procedimientos de toma de decisión en la contratación pública de determinados entes y organismos públicos que dirigían o controlaban directamente o a través de terceras personas (Comunidades Autónomas, y Municipios gobernados por el PP)”.

Consideran los jueces que ello permitió que, “bien las empresas de Correa u otras empresas terceras elegidas por él, con el acuerdo y colaboración de aquellos cargos públicos, gozaran de un arbitrario trato de favor y tuvieran un dominio de hecho sobre la contratación pública llevada a cabo por las entidades públicas parasitadas”. Por aportar algunas cifras, la sentencia deja claro que Francisco Correa percibió por contratos públicos adjudicados en el periodo de 2000 a 2008 una cantidad aproximada de 8.400.000 euros siendo el precio del servicio que prestó mayor que el normal del mercado para conseguir un margen de beneficio mayor y porque incluía como coste la comisión abonada para obtener las adjudicaciones.

Correa ingresó además 2.850.000 euros en concepto de comisiones por su intermediación en favor de empresas no pertenecientes a su grupo.

Afirma el tribunal: “Mediante el inflado de precios que se cobraban de las distintas administraciones publicas afectadas, la finalidad buscada era la obtención ilícita de importantes beneficios económicos a costa del erario público, o bien comisiones cuando la adjudicataria eran terceras empresas que luego se repartían entre el Grupo Correa y las autoridades o cargos públicos electos o designados corruptos, que recibían cantidades de dinero en metálico”. Además utilizaban, señalan “otro tipo de servicios o regalos prestados por diferentes empresas de esa trama como eventos, viajes, fiestas, celebraciones, etc. de las que en algunos casos se beneficiaron también sus familiares”

Gastos electorales y Caja B

Parte de este dinero sirvió para “directamente pagar gastos electorales o similares del PP o fueron a parar como donaciones finalistas a la llamada “caja B” del partido, consistente en una estructura financiera y contable paralela a la oficial, existente al menos desde el año 1989, cuyas partidas se anotaban informalmente en ocasiones en simples hojas manuscritas como las correspondientes al acusado Bárcenas, en las que se hacían constar ingresos y gastos del partido o en otros casos cantidades entregadas a personas miembros relevantes del partido” En cuanto a estos últimos aspectos, la sentencia apenas los describe como forma de explicar el contexto en que se producen los hechos si bien considera que quedan fuera de su ámbito. Queda ahora pendiente un nuevo proceso denominado comúnmente papeles de Bárcenas o Caja B del PP.

El modelo, según indican los jueces, se aplicó en otros lugares de la geografía española: “Esta intensa relación de negocios de Francisco Correa con el Partido Popular cesó respecto de la organización central del partido en el año 2004, pero trasladó su actividad a otras comunidades autónomas que seguían gobernadas por el mismo Partido Popular, singularmente, aunque no únicamente, la Comunidad Valenciana, lo que se produjo hasta el año 2009”.

En su apartado de hechos probados, la sentencia considera que Francisco Correa percibió por contratos públicos adjudicados en el periodo de 2000 a 2008 una cantidad aproximada de 8.400.000 euros.

 Estos contratos generaron un importante perjuicio a las entidades públicas, por cuanto el precio del servicio que les fue prestado era mayor que normal del mercado por el superior margen de beneficio de las empresas de Correa y porque incluía como coste la comisión abonada para obtener las adjudicaciones. Correa ingresó además 2.850.000 euros en concepto de comisiones por su intermediación en favor de empresas no pertenecientes a su grupo.

El caso Gürtel se ha visto fragmentado en diferentes piezas separadas y en este caso la sentencia se refiere a actividades delimitadas entre los años 1999 a 2005. Aclaran los jueces que está referida a la estructura central de la organización liderada por Correa y de su actividad en determinados territorios gobernados por el partido popular en directa relación con algunos miembros de dicho partido

El marco territorial de esta pieza abarca, por tanto, los hechos relacionados con: la sociedad municipal turismo y actividades recreativas de Estepona SL; el municipio de Majadahonda durante los años 2001 a 2005; la comunidad autónoma de Castilla y León años 2002 y 2003; el municipio de Pozuelo de Alarcón, años 2003 a 2005; municipio de Madrid, en el año 2002; y la Comunidad Autónoma de Madrid durante los años 2004 a 2008.

 

 

FUENTE: ELPLURAL