MAZARRÓN CON INTERVENTOR DE ANDAR POR CASA, CUESTIONADO Y VILIPENDIADO CON EXCESIVA PARCIALIDAD POLÍTICA E  INQUINA ACOSADORA DESDE LA OPOSICIÓN Y SUS VOCEROS, ES DE LOS POCOS QUE SUPERA LA REVÁLIDA.

 

Los consistorios dieron luz verde a 253 medidas por importe de 28 millones de euros a pesar de los informes negativos de los órganos de Intervención.

El Tribunal de Cuentas (TC) reparte calabazas entre los ayuntamientos murcianos tras revisar su gestión financiera del año 2016. El máximo órgano fiscalizador de la gestión económica del sector público señala que no todas las entidades locales habían enviado su información un año y medio después de finalizar el periodo a analizar, y solo la mitad cumplieron los plazos. Llama la atención el alto tribunal sobre «la debilidad del control financiero» en los consistorios, a los que reprueba que lleven a cabo actuaciones que contaban con reparos por parte de los órganos de Intervención. En concreto, en 2016, el último examinado por el TC, doce ayuntamientos murcianos aprobaron un total de 253 medidas sobre las que pesaban informes negativos de Intervención, por un importe total de casi 28 millones de euros. El 59% de ellas fueron expedientes de contratación de servicios, aunque el 17% incurrió en incumplir el orden de prelación de pagos que marca la ley.

¿Y por qué los interventores pusieron reparos a estos expedientes? La causa más común fue que los pagos carecían de los trámites esenciales. Esta irregularidad se agrava en 21 casos, que superaron la cuantía de 50.000 euros y en los que incurren los ayuntamientos de Murcia, San Javier, Torre Pacheco y Jumilla. Con pagos de menor cuantía cometieron la misma irregularidad los de Alhama, Cartagena, Fortuna, Jumilla, San Pedro del Pinatar, Torre Pacheco, Los Alcázares y Lorca. En 33 expedientes, el TC desaprueba que «la prestación de servicios o suministros se llevó a cabo cuando el anterior contrato había finalizado, pero no se había licitado uno nuevo», y advierte de que la ausencia de contrato puede convertirlos en nulos por ley. En concreto, Totana presentó 40 expedientes que vulneran la prelación de pagos regulada por la Constitución Española.

Facturas antiguas

El otro caballo de batalla del órgano fiscalizador con los ayuntamientos es el pago de facturas por medio de reconocimientos extrajudiciales de crédito, que son los que tiran del presupuesto del año en curso para pagar deudas de años anteriores. Utilizaron este procedimiento los ayuntamientos de Águilas, Fortuna, Los Alcázares, San Pedro del Pinatar y Torre Pacheco, pero además en los casos de Águilas, Fortuna, Los Alcázares y San Pedro del Pinatar «no contaban con consignación presupuestaria suficiente y adecuada», lo que el TC considera una infracción muy grave.

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El consistorio aguileño llegó a pagar en 2016 por este método facturas de 2012, 2013 y 2014 por un montante total de 236.569 euros. En Los Alcázares alcanzó la suma de 1,9 millones de euros para pagar facturas de dos años anteriores de suministro de agua, compra de mobiliario, asesoría ambiental y gestión de residuos. En el de Murcia supera el millón, en el de Cartagena los 4,5 millones, y en el de San Javier los 1,2 millones.

El TC indica que «el 46% de las entidades locales únicamente realizaban control comprobando que la existencia de crédito era adecuado (…) sin que existiera un acuerdo de Pleno en el que se definieran otros acuerdos adicionales», por lo que considera que incumplen la ley. «El control financiero posterior solo fue realizado por un 17% de las entidades, lo que pone de manifiesto, además del incumplimiento del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, una debilidad de los sistemas de control interno de las entidades», afirma el análisis. Señala además que solo los ayuntamientos de Cartagena, Águilas, Lorca y Mazarrón realizaron el control financiero posterior que exige la ley. «Esta situación de debilidad fue más significativa en los ayuntamientos de Bullas, Fuente Álamo, Moratalla y Mula», indica el tribunal de control financiero.

Solo el 17% de los gobiernos municipales realizaron el control financiero posterior

Otro aspecto en el que varios ayuntamientos vulneraron la ley es el de adjudicar al órgano de Intervención municipal otras tareas de gestión económica además de las que la ley le encomienda, «lo que implica una disminución de la autonomía y de la objetividad requeridas para el control interno y la fiscalización», inquiere el TC. Así pasó en 6 ayuntamientos, los de Lorca, Beniel, San Pedro del Pinatar, Totana, Bullas y Yecla. En Lorca el interventor tuvo que asumir además la función de contabilidad, lo que censura el alto tribunal.

Los consejeros de Cuentas del Reino critican también que «en el 80% de los casos, el puesto de Intervención no estaba provisto de forma definitiva» y señala que los ayuntamientos favorecen «la ocupación de estos puestos mediante nombramientos no definitivos incluso por periodos de tiempo elevados», los cuales la ley permite solo para casos excepionales o para cubrir necesidades urgentes.

Sin mapa laboral                         

«Siete ayuntamientos -Fortuna, Jumilla, Moratalla, Murcia, San Javier, Torre Pacheco y Totana- carecían de una relación de puestos de trabajo aprobada por el Pleno», lo que contraviene el Estatuto Básico del Empleado Público. El TC deduce que las entidades locales tienen «una carencia de medios personales debidamente cualificados». El informe formula recomendaciones a los ayuntamiento para fortalecer su control interno financiero, aunque también advierte de «la responsabilidad patrimonial de las autoridades y del personal al servicio de las administraciones públicas que se pueda derivar de sus actuaciones». Recuerda que «cuando medie negligencia grave, constituirá falta muy grave, cuya responsabilidad disciplinaria se exigirá», aunque no deja pasar que “en ninguno de los ayuntamientos analizados consta que se hayan iniciado actuaciones para depurar posibles responsabilidades”. 

 

 

REDACCION MT